COMENTARIO
LA
AGENCIA
Javier Pipó Jaldohttp://elblogdejavierpipo.blogspot.com
6 de
Agosto de 2012
RESULTA atractivo meter la crítica en
la minireforma de Griñán y su Administración periférica, mas de tres años desde
que la anunció, para comprobar la pobreza de su equipo de diseñadores de la
Andalucía del futuro, peronismo en estado de lenta evolución. Sin embargo, creo
ahora más oportuno dirigir la mirada al que hasta el momento ha sido un ente de
la Junta que por razones desconocidas o mejor no conocer, ha permanecido en la
clandestinidad institucional desde su creación en 2007 o del inicio de su
actividad en enero de 2010.
Me refiero a la Agencia
Tributaria que a pesar de los tiempos que corren sacando pecho en la llamada
lucha contra el fraude, véase el vacío Acuerdo del Consejo de Gobierno del
pasado martes; del derroche de medios empleados en el empobrecimiento
progresivo de la Región y de la cantidad ingente de empresas, organismos,
consorcios y demás arquitecturas institucionales efímeras e inútiles -
terminales del Estado del bienestar, dicen ahora sin pudor - mantiene cierto
aire de justificación y apariencia de utilidad.
Ciertamente la necesidad de su
puesta en marcha es discutible, como lo es la AEAT, porque nadie duda que el
cumplimiento de los fines encomendados son perfectamente alcanzables en
Administración directa dependiendo de la Subsecretaria del Ministerio en el
caso de la estatal o de la Viceconsejeria de Hacienda, vía Dirección General de
Tributos en la C.A. En la doctrina se justifica porque el ente aparece dotado
de ciertas especialidades presupuestarias y de alguna autonomía en materia de
personal.
¿Ha ocurrido eso en el caso de la
Agencia andaluza, a la que se le reconoce el carácter de especial, eso sí? Pues
no lo crean.
Para ubicar la banalidad basta
recordar la fecha de creación y comprobar que nos movemos en la culminación de
esa nefasta segunda vuelta que con la soga zapateril y reformista de los
Estatutos se procede al ahorcamiento de la Nación española.
Veamos. La Agencia Tributaria
Catalana es criatura del inconstitucional Estatuto catalán de julio de 2006 -
¿se cumplirá alguna vez la STC?, nunca - y su Ley reguladora de julio de 2007.
El inútil Estatuto andaluz, marzo de 2007, alumbra la Agencia en su artículo
181. La Ley que le da forma es de 18 de diciembre del mismo año. Todo
casualmente coincidente. La razón, necesidad de mantener vivo el agravio
comparativo, incluso en la creación de organismos. Si lo tiene Cataluña, los
andaluces y las andaluzas no somos menos, no merecemos menos.
Pues bien. La Agencia, a la que
se encomienda la gestión, liquidación, recaudación e inspección de todos los
tributos propios, así como de los estatales cedidos, se pone en marcha con
aproximadamente las siguientes e increíbles notas propias. Se despliega en el
territorio andaluz mediante las llamadas Coordinaciones Territoriales, ubicadas
en las Delegaciones Provinciales de Hacienda confusamente, sin apenas
identificación. Carecen de personal, recurriendo al de la propia Delegación en
dependencia funcional. Al frente sitúan ocho “coordinadores” responsables de su
funcionamiento. Nombre de resonancia politica pero sin ajuste a la función
administrativa que realizan ya que dictan actos administrativos recurribles.
Pero ojo, porque la tradicional
división organizativa de la Administración tributaria española en órganos
administrativos cuyos titulares son funcionarios altamente cualificados e
independientes, como Inspección, Recaudación y Gestión, aparte relaciones con
el contribuyente, en la Agencia andaluza el coordinador resuelve la
universalidad de los actos. Como en las llamadas Oficinas Liquidadoras, en
manos de Registradores de la Propiedad, que cobran parte de lo recaudado, aproximadamente
la mitad de la gestión. Igual que la recaudación en vía ejecutiva, en manos de
burocratizadas empresas de las Diputaciones, cobrando en función de lo
recaudado ¿Pero es posible? Así es. Y dejamos para mejor ocasión la inexistente
materia presupuestaria o la notoriamente mejorable estructura central.
Entonces ¿qué es esto?¿para que
sirve? Hasta cuando seguiremos con instrumentos esenciales con o sin crisis en
los que no creen ni quien los crea, ni quienes figuran como responsables de su
existencia.
Pero todo es susceptible de
empeorar y el Decreto de 31 de Julio desplaza la organización a depender de las
Delegaciones del Gobierno, menos mal que no de los camaradas coordinadores de
Valderas, los nuevos comisarios. Y ya no las llama Coordinaciones Territoriales,
para evitar confusiones con aquéllos. Ahora les denomina Gerencias.
Que horror tanto error.
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