La Azotea
REFLEXIONES CONSTITUCIONALISTAS
9 de Diciembre 2016
No estoy seguro poder aportar originalidad o atractivo al
debate entre expertos constitucionalistas – excelentes en gran número y sin
adscripción partidaria - iniciado estos días con motivo del 38 aniversario de
la proclamación de la Constitución postfranquista y su necesidad o no de
modificación. Pero sí convencido de ser capaz de decir algo más que muchos de
los politicastros que, coincidiendo con el aniversario, se permiten zarandear el
hermoso Texto, incluso con la gramática y siempre desde la perfidia.
Desde luego, creo necesario realizar algunas aseveraciones
iniciales. De una parte, vivimos inmersos en crisis de la democracia
representativa y aun peor, de erosión acentuada del Estado como sistema
sustentador del ordenamiento jurídico, tal como se deduce del incumplimiento
impune de tantas leyes y sentencias. De otra, el convencimiento del papel que
el propio Estado y su Constitución, pueden jugar en un mundo globalizado, sin
fronteras, donde el poder emana de los mercados, “de los tipos de interés” de la confianza en el intercambio y la
proliferación de constituciones supranacionales, internacionales. De manera que
resulta difícil administrar la soberanía y no digamos la vida jurídica de los
ciudadanos. Por supuesto que estos son fenómenos comunes a muchos de los
Estados occidentales, lo que propicia reacciones en contra, vía populismo de un
signo o el contrario. Con ello, me gustaría, aunque fuere provisionalmente
olvidarnos– como creo dijo Rubio Llorente - de poder hacer aquí en España y
ahora, macroconstitucionalismo, todo lo más conformarnos con simple
microconstitucionalismo de andar por casa y salir del paso.
Miren, nadie duda existe gran desafección de los ciudadanos
hacia las instituciones democráticas y, seguramente, la ola desaforada de
corrupción y pillaje en el terreno de lo público, no anda muy lejos del proceso
de deterioro de la moral social. Paralelamente, desde luego, el desgaste de los
partidos políticos – la democracia está asfixiada por los partidos políticos-
el desastre ruinoso del modelo territorial y la traición, parece imparable, del
nacionalismo independentista. Pero el papel de la constitución de 1978 ha sido
impresionante, impagable, porque ha llevado a la Nación a cotas espectaculares
de libertades individuales y colectivas, y progreso con bienestar,
inimaginables cuando se refrendó por un pueblo expectante y esperanzado. Y eso
durante el periodo más largo de vigencia en la corta vida del constitucionalismo
español, si consideramos los 55 años del canovismo como transcurso discutible
en la continuidad de su vigencia y aplicación.
Soy de los que argumentan el disparate dialéctico y
filosófico del populismo de ultraizquierda, cuando deslegitima la Constitución
al no haber sido votada por los menores de treinta años. No se sostiene ni en
Derecho constitucional comparado ni en el ámbito de la razón. Pero si muestro
mi favor hacia la consideración de que cada generación pueda tener derecho a
revisar la Constitución vigente o como dijo Jefferson “el poder constituyente
de un día no puede condicionar el poder constituyente del mañana” Ahora pues,
podría ser tiempo de su revista, considerando que modificar la Constitución es
defenderla y cambiar de Constitución, destruirla. Sin duda, me posiciono del
lado de aquellos que desean su revisión, al considerar pueda ser jurídicamente
necesario de resultar obstáculo relativamente insalvable para llevar a cabo
determinados cambios considerados imprescindibles en el ámbito político,
económico o social; cambios no factibles de alcanzar mediante legislación
ordinaria. O sea, identificados los problemas insalvables, en la consideración
de lo jurídicamente necesario, debe ser políticamente oportuno de existir
mayoría suficiente. Entonces, sin demora, debe ser abordada la actualización
constitucional, su puesta al día, precisamente por el poder constituyente
constituido que es el dotado de la facultad de reforma; como ya estableció
Siéyès en 1789, una Constitución supone un poder constituyente, con poder
diferente y superior a los demás poderes del Estado. Y ahí están las
veintisiete enmiendas en doscientos treinta años de la Constitución USA, la más
antigua de occidente.
Aunque más adelante continuemos reflexionando sobre la
Constitución, desde el sosiego libre e independiente de La Azotea, quizá
debamos anticipar un criterio de escepticismo sobre la posibilidad de
oportunidad política. Dos bloques claros definen la realidad
ideológico-política de este momento histórico. Por un lado, los
constitucionalistas de diversa procedencia y posición, quizá podrían reunir
hasta 254 escaños. Por otro, los que quieren cambiar de Constitución,
encabezados por el populismo comunista y extrañamente vinculados a los
sediciosos nacionalistas de uno y otro lado, que seguramente podrían sumar
hasta los restantes 96 votos. De manera que confirmada esa mayoría suficiente
podría abordarse revisión, por ejemplo, del Título VIII; al fin y al cabo en
las Cortes constituyentes de 1978, los artículos 137 a 158 salieron sin
consenso estricto y por sus mismos antecesores, aunque desde la lealtad y el
patriotismo.
Si se logra neutralizar el secesionismo catalán, de germen
populista y totalitario, la única posibilidad sería las modificaciones jurídicamente
necesarias permitidas o reguladas por el artículo 167 CE, sin temor coyuntural
a la posibilidad del referéndum que posibilita su párrafo 3, tal como anuncia
el populismo comunista de Podemos. Dar vueltas a la consideración federal del
Estado, produce melancolía. La Constitución tiene embrión de Estado federal, es
estructuralmente federal, que por naturaleza no son asimétricos e implican la
existencia de ciudadanos libres e iguales. Pues ya veremos.
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